domingo, 26 de junio de 2011

EXTERNALIZACION DE LOS SERVICIOS

La Fira de Barcelona acogerá la próxima semana la edición Facility Management and Business Services Worl Summmit que viene a ser lo mismo que una reunión de empresas que se dedican a sacar tajada con la externalización de los diferentes servicios en las empresas de ámbito generalmente privado. Un tal Juan Urruticoechea que es consejero delegado de una de las grandes  del sector nos dice en un importante periódico madrileño lo siguiente: “La externalización mejora la productividad y la eficiencia de las empresas, además de reducir costes y aumentar la flexibilidad”.” permite reducir riesgos ya que se controlan mejor cuestiones relacionadas con la seguridad, la higiene, los riesgos laborales y el cumplimiento de los sistemas de certificación.” “En tiempos de crisis, (este hombre) se lamenta de que este tipo de soluciones todavía no hayan entrado prácticamente en las Administraciones Públicas ya que, (según él) en el sector público, hay un potencial de ahorro latente brutal en gestión de servicios.”
Como veis una serie de medias verdades es lo que nos cuenta y que vamos a tratar de aclarar.
Es verdad que como él dice que “mejora la productividad y la eficiencia de las empresas” ya que al ser trabajadores con derechos casi inexistentes esto hace que te mates en tu puesto de trabajo hasta llegar hasta la extenuación, pero esto no quiere decir que mejore la eficiencia de las empresas ya que al mejorar la productividad por este medio lo que provoca es precisamente todo lo contrario que los productos sean de peor calidad o unos servicios que dejan mucho que desear. En este tipo de empresas a sus trabajadores les da unos salarios muy bajos en unas condiciones pésimas de estabilidad en los mismos, la flexibilidad de una día aquí y otro allí, o un día en una categoría y al siguiente en otra, hacen que este tipo de gestión crezca de manera importante ya que este modelo de relaciones laborales es a lo que desean en sector empresarial de este país. Y no hablemos de la seguridad laboral donde estos trabajadores ni pinchan ni cortan y si denuncia algún tipo de deficiencia en la seguridad persistentemente estos posiblemente se irán al paro.
Lo que no sabemos es  si esto supone un ahorro  a los empresarios, pero lo que sí estamos seguros es que es de una comodidad para ellos muy importante ya que podrán disponer de una mano de obra barata, no conflictiva y sumisa ente sus derechos laborales. Pero lo que intuimos es que estos empresarios quieren morder el  pastel que suponen las Administraciones Públicas ya que puede ser una importante fuente de ingresos para este tipo de empresas alejados de las bajadas temerarias que se ofrecen al sector privado para quedarse con los servicios que evidentemente sufren los trabajadores contratados en esta modalidad con una precarización de su trabajo, siendo esto  donde se encuentra el abaratamiento del servicio. Es mentira lo que dice del “ sector público, hay un importante ahorro latente brutal..” ya que la realidad es otra. Cuando las administraciones externalizan servicios este les sale bastante más caro que si su forma de gestión es directa y encima ofrecen un servicio público de mala calidad. Lo que sí supone, al igual que al empresario privado, es mayor comodidad ya que los problemas surgidos en las relaciones laborales se los traspasa a la empresa contratista, desentendiéndose aquel si este cumple con la legalidad vigente en materia de contratación o pagos a la Seguridad Social aunque luego exista la subsidiaridad en cuanto a las responsabilidades legales.
Ahora pongámonos en el caso de la EMS y concretamente el servicio médico de piscinas. ¿Es más barato? No, es más caro 60.000 euros por tres meses, ¿los empleados cobran más que en nuestra empresa? Tampoco, seguramente si la contratación hubiera sido directa estos trabajadores tendrían mayor salario (desconocemos sus salario). ¿Su jornada está regularizada como marca nuestro convenio? No, las jornadas de algunos de ellos son interminables. ¿Gozan de estabilidad en el empleo y por lo tanto de protección contra despidos arbitrarios? Tampoco, solo hace falta que un trabajador no guste por cualquier causa, para que este no vuelva más.
Nosotros por principios nos negamos en rotundo a que los trabajadores pertenezcan a una empresa subcontratista en la esfera privada pero en el sector público, sea este el que sea, es indecente regalar el dinero de todos para el lucro de un determinado empresario. Además creo que para realizar una gestión eficaz, los trabajadores de este sector deben de estar al margen de los vaivenes políticos o los caprichos de los gobernantes o gestores de turno y esto se consigue con decentes salarios, estabilidad en el empleo, derechos garantizados para no depender como hemos dicho antes del color político de turno ya que de esta manera nuestra profesionalidad está por encima de nuestra necesidad de seguir contando con un contrato eventual.
Por eso particularmente nuestro sindicato y yo, entre otras cosas, se opone firmemente a externalizar los servicios públicos. 

mmc - cgt
secretariado de accion sindical

jueves, 23 de junio de 2011

PARA LA CGT LA REFORMA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA REPRESENTA EL ÚLTIMO ATAQUE FRONTAL A LOS DERECHOS LABORALES.-




El Gobierno otorga todo el poder e impunidad a la patronal para empobrecer a las y los trabajadores.


Hoy 22 de junio de 2011, el Congreso de los Diputados plantea el primer debate sobre la Reforma de la Negociación Colectiva. Esta Reforma, junto con el Nuevo Reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE`s) aprobado la semana pasada por el Gobierno, son un paso más en la escalada de ataques continuados que el gobierno, la patronal y la complicidad del sindicalismo institucional, están cometiendo contra los derechos del conjunto de la clase trabajadora.

El Nuevo Reglamento de los ERE’s aprobado significa un nuevo recorte de derechos, una nueva facilitación para el despido libre y gratuito por parte de la Patronal. Esta norma es la aplicación más retrograda de la Reforma Laboral, contra la que CGT convocó Huelga General para su derogación el pasado 29 de septiembre de 2010, y movilizaciones y Huelgas Generales en Catalunya, Euskadi y Galicia el 27 de Enero de 2011.

Por su parte, la Reforma de la Negociación Colectiva, marca unas nuevas reglas de juego para regular las relaciones laborales, llegando prácticamente a la eliminación de la negociación colectiva al imponer un arbitraje obligatorio, vaciando de contenidos los Convenios Colectivos, permitiendo el descuelgue salarial y consagrando al bisindicalismo institucional como representante con legitimidad de las y los trabajadores, para que las cúpulas sindicales y de la patronal puedan negociar al margen de los intereses y derechos de la clase trabajadora. Con esta Reforma se aprueba a niveles prácticos la eliminación del derecho a la libertad sindical.

Con esta reforma de la Negociación Colectiva se cambian las reglas de juego para que los y las trabajadoras seamos meras mercancías disponibles en función de la demanda, de la competitividad de las empresas y de los beneficios de la patronal. Se debilita, el poder sindical directo para negociar sus condiciones y relaciones laborales. Se secuestra, de hecho, el ejercicio del derecho a la huelga, lo que representa una política autoritaria, posiblemente inconstitucional, al invalidar y vulnerar el derecho fundamental a la Huelga ante el conflicto de intereses entre el capital y el trabajo.

Las medidas más lesivas de esta Reforma de la Negociación Colectiva son :

1º – Eliminación de la capacidad negociadora de los Comités de Empresa. Pudiendo ser las secciones sindicales mayoritarias quienes negocien al margen del Comité. Esto representa a niveles prácicos la desaparición del sindicalismo alternativo combativo y no pactista. Se destierra el conflicto social del marco de las relaciones laborales

2º – Se instaura el Arbitraje y mediación para la resolución de las discrepancias. Las partes negociadoras deberán dictaminar en el texto del convenio el nombre del árbitro que ha de resolver los conflictos que se generen durante la vigencia del convenio así como tras su vencimiento.

3º - Aplicación e Interpretación de los convenios. Hasta ahora las discrepancias surgidas entre las partes sobre interpretación de los convenios y su aplicación se resolvían en los tribunales. A partir de ahora será un árbitro el que decida, dictaminando un laudo de obligado cumplimiento

4º - Desjudicialización de las relaciones laborales :

a) – Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo : funciones, jornada, turno, horario, etc..

b) – Descuelgue salarial : Inaplicación de tablas salariales del convenio.

En ambos casos la empresa puede aducir causas contempladas en la última reforma laboral (técnicas, organizativas, de producción o económicas -por perdidas acumuladas, previstas o coyunturales-) y llevarlas a la Comisión Paritaria de Convenio para su negociación y si no hay acuerdo se lleva al arbitro nombrado en el Convenio cuyo laudo será de obligado cumplimiento.

5º - Se prioriza el Convenio Empresa. Sobre los de ámbito sectorial, provincial, autonómico y estatal de tal forma que, si existen ambos, las condiciones que prevalecen son las del convenio de empresa (salario, jornada, turno, funciones, vacaciones, horario y conciliación)

6º - Fin de la Ultractividad. Plazo máximo de prorroga de los convenios pasa entre 8 y 14 meses. El plazo mínimo quedará fijado en texto de convenio. Si se supera el plazo máximo de negociación, las partes se someterán a un procedimiento de arbitraje.

7º – Nueva distribución irregular de la jornada. A partir de ahora se introduce como novedad la distribución irregular de un mínimo del 5% de la jornada de trabajo en computo anual y un máximo que se fijará en convenio colectivo.

8º – Convenios Franja. A partir de ahora se permite que un grupo de empleados de una empresa tenga su propio convenio negociado con los sindicatos representados en el colegio electoral que incluya a dichos trabajadores, obviando al Comité de Empresa.

Para la CGT, tras la Reforma Laboral y el Recorte de las Pensiones, ahora nos encontramos con otro giro a la derecha para que seamos la parte débil de la sociedad la que paguemos un crisis que no hemos generado.

Tras la puesta en marcha de todas estas normas y decretazos antisociales tenemos un estado que cuenta con más de 5 millones de personas desempleadas, la tasa de paro juvenil alcanza el 45%, más de 1,5 millones de familias tiene a todos sus miembros en paro, uno de cada cuatro niños que nace en el estado español lo hace bajo el umbral de la pobreza, a finales de este año se habrán alcanzado los 500 mil desahucios desde el 2007, etc…

Para la CGT, el único camino posible para la salida de la crisis es el reparto del trabajo -trabajando menos para trabajar todos, reduciendo la jornada laboral sin merma salarial y estableciendo la jubilación a los 60 años con relevo obligatorio para que seamos reemplazados por otra persona- y de la riqueza -realizando un distribución de la riqueza basada en la universalidad de los servicios públicos suficientes, imponiendo una mayor tr8ibutación de los beneficios empresariales, estableciendo una fiscalidad realmente progresiva, manteniendo las prestaciones sociales para todos los colectivos sociales precarizados y excluidos.

¡ Contra las reformas antisociales, la CGT hace un llamamiento a la movilización y ocupación de la calle, hasta conseguir una salida social a la crisis !

Secretariado Permanente del Comité Confederal de la CGT

miércoles, 22 de junio de 2011

MANIFESTACION EN MADRID CONTRA LA REFORMA DE LA NEGOCIACION COLECTIVA



Madrid, 29 de Junio : CGT convoca manifestación contra la reforma de la negociación colectiva

La Confederación Territorial de Madrid-CLM y Ext. de la Confederación General del Trabajo (CGT) ha convocado una manifestación contra la reforma de la Negociación Colectiva el próximo día 29 de junio en Madrid. La manifestación dará comienzo a las 20:00 horas y transcurrirá desde la glorieta de Atocha hasta la plaza de Jacinto Benavente.



CGT se ha dirigido a sindicatos alternativos, organizaciones sociales y partidos políticos madrileños para invitarles a participar en la manifestación. Así mismo es intención del sindicato CGT informar a las asambleas de barrio del 15-M de la convocatoria de esta nueva movilización.

Confederación Territorial de Madrid-CLM y Ext. de la CGT

lunes, 20 de junio de 2011

UN GOBIERNO MUNICIPAL CARADURA, SE SUBE EL SALARIO

Queridos compañeros leer bien la noticia que ha aparecido en el diario El País, pero no os pongáis nerviosos ni os hagáis mala sangre, todo es por nuestro bien.



Los ediles de Tres Cantos se suben el sueldo

IU denuncia que el aumento es de hasta un 31%.- El Ayuntamiento explica que se homologan con los de Colmenar

EL PAIS

EFE - Madrid - 17/06/2011



La nueva Corporación municipal de Tres Cantos surgida de las urnas tras las elecciones del 22 de mayo, en las que el PP revalidó la mayoría absoluta, ha celebrado hoy el primer pleno de este mandato, en el que se ha aprobado una subida de las retribuciones de los concejales. Este punto ha sido aprobado con los votos a favor de 12 de los 13 ediles del PP -uno está de baja por enfermedad- más los cuatro del PSM, mientras que los tres representantes de IU-Los Verdes y el de UPyD han votado en contra. Tres Cantos, con el mismo alcalde y mayoría absoluta del PP, rebajó hace dos años el sueldo a sus concejales a los salarios de 2006.

La subida salarial de los políticos locales acordada oscila "entre un 16 y un 31%", según IU, que cita, como ejemplo, que "un concejal con delegación pasa de cobrar 38.956 euros a 51.047". "Creemos que en estos momentos en que la sociedad española vive una época convulsa, donde desde la calle se exige más rigor, esta subida es ignominiosa, porque mientras a los trabajadores se les ha bajado el sueldo y sus convenios están paralizados con el argumento de paliar la crisis, no puede ser que los políticos sean quienes con ese mismo dinero se suban sus salarios", afirma en un comunicado el portavoz del Grupo Municipal de IU-Los Verdes, Federico Mas.

La justificación de los socialistas

La nota de prensa del Ayuntamiento referida al pleno justifica la medida en que "se han homologado los salarios" de los 21 concejales "con los que perciben" los ediles de Colmenar Viejo, al que se ha tomado como referencia por ser el municipio vecino y origen de Tres Cantos -se segregó en 1991-, tener una población similar, una situación financiera solvente -ambos tenían deuda cero a 31 de diciembre de 2010- y por tener estipulados para sus representantes unos salarios "dignos, en la media regional".

Fuentes del Grupo Municipal Socialista han explicado que han votado sí a la subida de sueldos de los ediles porque conlleva "el compromiso (del PP) para que los funcionarios municipales y los empleados de las empresas municipales alcancen una mejora retributiva con la aprobación del convenio que sigue pendiente y que el alcalde espera concretar finalmente en septiembre".

Además, los socialistas destacan que las nuevas retribuciones de los ediles no suponen "ningún coste adicional" a las arcas municipales, dado que el montante proveniente de los asesores se distribuye entre los concejales. En el otro lado de la balanza, como medida de austeridad, el equipo de Gobierno de Tres Cantos, encabezado por el reelegido alcalde, José Folgado (PP), ha prescindido de siete cargos de confianza, sobre todo "de los de más alta remuneración", entre los que se encuentran cinco de los ocho directores técnicos que había. Gracias a este recorte de personal eventual el Consistorio consigue, pese a la subida de salarios de los concejales, una ahorro neto de 30.623 euros, según el Ayuntamiento tricantino

http://www.elpais.com/articulo/espana/ediles/Cantos/suben/sueldo/elpepuesp/20110617elpepunac_16/Tes
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Quiero entender que IU de Tres Cantos miente, que El País ha manipulado los datos enviados por aquello por eso del contubernio judeo masónico, para hacer daño o derribar a gobiernos que hace un mes han sido elegidos por el pueblo, gobiernos de la derecha que son, según nos dicen ellos, la solución a los problemas de la economía española y por lo tanto la solución para todos aquellos ciudadanos que se encuentran en paro o que se encuentran en el umbral de la pobreza.
Pero por si acaso hay algo de verdad en esta nota de prensa de IU, que yo creo que no, y distribuida por la agencia EFE, quiero dedicarle un rato de mi tiempo libre sobre todo para decir, chillar, patalear que esto es una tomadura de pelo, el timo de la estampita o del tocomocho, a todos los ciudadanos, tanto de los que tienen trabajo como el que no lo tiene, un insulto en toda nuestra cara de este gobierno municipal caradura de Tres Cantos.
Ahora entiendo todo ese cerrojazo a subidas salariales y a derechos ya consolidados en nuestro convenio colectivo, ahora entiendo la bajada de sueldo escandalosa de los funcionarios municipales, ahora entiendo todas esas maniobras orquestales en la oscuridad, todo este entramado tramposo era ni más ni menos para subirse el salario en una horquilla insultante que va desde “solo” del quince al treinta por ciento.
Los antisistema, o sea, los trabajadores públicos y por afinidad a todos los trabajadores del sector privado con nuestros sueldos que llegan a los mil euros a duras penas, o con los salarios de nuestras compañeras fijas discontinuas de colegios u otros centros, hemos puesto en jaque a todo el sistema financiero internacional y hemos puesto en bancarrota a administraciones públicas de todo tipo y condición. El poder del “mocho” parecido al poder de la vara, de estas magnificas compañeras ha sido capaz de llevar por ejemplo a Grecia a recibir ayudas de la Unión Europea ante su bancarrota, mientras los Botín, los Alierta, y demás altos cargos públicos, donde están incluidos alcaldes y concejales de ayuntamientos con tirón como el nuestro, sufrían nuestra avaricia más dañina de no perder un derecho y tener una pequeña subidita de sueldo para ir tirando, ellos sin embargo al “merme” se van subiendo salarios y llenándose el bolsillo.
Si los sindicatos de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) o el de Controladores Aéreos eran de los más eficaces a la hora de pedir subidas salariales y derechos para sus colectivos, el de alcaldes y concejales es el mejor, pero el mejor sindicato planetario, como diría Leire Pajín, ya que ante la sola insinuación del alguno de ellos de que “no llegaban a fin de mes” la patronal, o sea ellos mismos, se han subido el salario a lo bestia, sin encomendarse Dios ni al diablo. Animo a todos mis compañeros a interesarse por este “sindicato del alto cargo público” y darnos todos de alta en el, más que nada para insinuarles también que nosotros los que tenemos un sueldo por decir algo, queremos también una subidita de esas espectacular.
Todos sabemos que los políticos pueden justificar una cosa y su contraria, y para justificar lo injustificable utilizan formulas rocambolescas que la propia Física no es capaz de explicar. Ahora nos cuentan que lo hacen para equipararse a los salarios del alcalde y concejales de Colmenar Viejo, y si esto no hubiera sido así se hubieran equiparado el sueldo a los concejales del ayuntamiento de Berlín y esto también falla pues se hubieran subido la media de los ayuntamientos de la Unión Europea ya que estos ganan muchísimo más que los concejales de Tres Cantos. Les recuerdo a nuestros prebostes que los empleados públicos de Colmenar Viejo, según se nos ha informado, ganan más que los de Tres Cantos, pero mucho me temo que este dato les importa bien poco. Más cosas; como han echado a no sé cuantos cargos de confianza han ahorrado dinero y ese dinero en vez por ejemplo destinarlo a la Concejalía de Asuntos Sociales, donde es muy necesario, pues se los reparten gustosamente a desgana, o como dice el PSOE, esta subida es para todo el mandato ¿y les parecerá poco o es que se pensaban subir todos los años lo mismo?
¿Y el PSOE? Pues marcha atrás y no es porque ellos no actuarán de buena voluntad al creer que el alcalde iba a desbloquear los convenios colectivos (esta es una excusa preciosa, desbloqueamos convenios para subirse el salario ¿se pensarán que somos tontos?), es que lo que pretende el alcalde y nuestra dirección es que el convenio se desbloquee tragando con quina todos los recortes que nos quieren imponer y desde la CGT le decimos que nosotros no y que los convenios no se desbloquean con imposición y perdidas de derechos. No se trata de vender derechos por dinero, se trata de tener derechos con un sueldo digno, así de fácil y así de sencillo.
Nuestra sección sindical ya ha propuesto una gran cacerolada escandalosa en la plaza de ayuntamiento, pero no una cacerolada moderada y pacífica, nuestra cacerolada debe de ser con paelleras, cuanto más grandes mejor, como acto de “violencia” tal y como entendemos nosotros esta “violencia pacífica” y militante. Lo hemos propuesto a los compañeros de CCOO y a otros sindicatos del Ayuntamiento porque la respuesta debe de ser colectiva y unitaria. También creemos que los amigos del 15-M tiene otra prevista el día del pregón de fiestas a la cual gustosamente invito a todos los trabajadores de la EMS (esta tengo que confirmárosla). Desde luego la CGT-EMS estará allí.

PD. Los dos únicos partidos políticos que se negaron a aprobar semejante indignidad fueron, IU y UPD.
PD2. Según el Portavoz de IU en el Ayuntamiento de Tres Cantos Federico Mas, su salario va a tener una subida de aproximadamente 600 euros mensuales.
PD3. Me comentan las malísimas lenguas que el alcalde se sube el salario hasta ¡50.000 euros por jornada parcial un setenta y cinco por ciento! ¿será verdad?
PD4. Los salarios de la EMS llevan congelados más tiempo que el mamut encontrado en Siberia y a ¡más grados por debajo de cero! Por situarnos en el contexto apropiado. 

mmc  cgt- ems
secretariado de accion sindical

NOTA DEL PRENSA DEL PSOE DE TRES CANTOS

COMUNICADO DE PRENSA


LOS CONCEJALES SOCIALISTAS DE TRES CANTOS RENUNCIAN AL INCREMENTO DE LAS NUEVAS RETRIBUCIONES


Tres Cantos, 20 de junio de 2011.- Los concejales liberados del Grupo Municipal Socialista de Tres Cantos han renunciado al incremento de las nuevas retribuciones hasta la firma del nuevo convenio de los trabajadores del ayuntamiento pendiente desde el año 2008.

El voto favorable del PSOE de Tres Cantos el pasado viernes en el pleno extraordinario de organización municipal de la nueva Corporación, viene dado por un acuerdo a nivel de organización que no conlleva ningún otro compromiso político con el equipo de gobierno del PP. Un acuerdo que conlleva:

 La reducción del personal de confianza de 28 a 18 personas..

 Las nuevas retribuciones no supone ningún coste adicional a las arcas municipales, dado que el montante proveniente de la disminución de los asesores se reasigna entre la nueva Corporación, con un ahorro de 30.000€.

 La propuesta presentada es para todo el mandato.

 Se mantiene la infraestructura del grupo municipal socialista, con dos concejales liberados y un auxiliar administrativo.

 El establecimiento de una norma especifica del protocolo de medios para futuras corporaciones locales en Tres Cantos, en espera del acuerdo pendiente en la FEMP.

 Y fundamentalmente, el compromiso para que los funcionarios municipales y los empleados de las empresas municipales alcancen una mejora retributiva con la aprobación del convenio pendiente desde 2008.

Dada la importancia del último punto del compromiso adquirido los concejales socialistas con dedicación exclusiva no percibirán ningún incremento salarial, hasta el momento de su cumplimiento.






viernes, 17 de junio de 2011

UN CAMBIO INSUFICIENTE, nos dice el catedrático.

Estimados compañeros como sabéis, nosotros los trabajadores de la EMS, tenemos una relación amor-odio (odio sin amor directamente) con SAGARDOY ABOGADOS, ya los derechos conquistados por todos nosotros durante años nos los quieren arrancar de cuajo en ese convenio-trampa que nos desean vender como bueno, aprovechando estos tiempos de crisis e instalándose en ese dicho tan castellano de; “y ya que el Pisuerga pasa por Valladolid..” para hacernos la gran puñeta a todos.
Pues bien ojeando la prensa económica, porque de todo tenemos que leer, me encuentro en la última página del diario económico EXPANSIÓN a un tal Juan Antonio Sagardoy Bengoechea Catedrático de Derecho del Trabajo y Presidente Honorario de Sagardoy Abogados, como no podía ser de otra manera (me resulta raro que sea Catedrático del Derecho del Trabajo cuando debería de ser al No-Trabajo, por lo del despido libre y esas cosas) nos cuenta con respecto a la reforma de la negociación colectiva lo siguiente: “Y esta reforma, referente a la negociación colectiva, no es una excepción. Aunque señala un camino correcto, es muy probable que peque de insuficiente, lo que en otras circunstancias podría ser más o menos admisible, pero lo que procede es una decidida cirugía (por emplear una metáfora que me he visto obligado a utilizar más de una vez en los últimos tiempos) sugiriendo, cuanto menos, medidas coyunturales de emergencia, una legislación de crisis, que pudiera ser reconsiderada cuando las aguas volvieran a su cauce (¡que ojalá vuelvan!)”
La cosa sigue pero hemos destacado lo que a mí me llama la atención en todo esto. Cuando habla de cirugía “que se ha visto obligado a utilizar en los últimos tiempos” se referirá a aconsejar a las empresas que solicitan sus servicios, como puede ser la nuestra, despedir a cascoporro (para esto no hace falta ser catedrático), cosa por cierto que es legal porque todos debemos ser conscientes del sistema en el que vivimos, pero de una inmoralidad absoluta, ya que para nosotros los que nos dedicamos a la defensa de los derechos de los trabajadores, esto es un gran acto de violencia contra nosotros los seres humanos incluso mucha más que los “antisistema” que no dejaron entrar a sus orondas señorías en Parlamento de Cataluña.
Pero lo que me llama poderosamente la atención es que utilizan el mismo lenguaje edulcorado para aprobar el convenio-trampa de nuestra empresa por nosotros los trabajadores con parrafadas como esta: “sugiriendo cuanto menos, medidas coyunturales de emergencia, una legislación de crisis, que pudiera ser reconsiderada cuando las aguas volviesen a su cauce”. O sea que ahora nosotros los que no hemos provocado la crisis y que nuestros sueldos han sido muy normalitos debemos de aceptar que como estamos en una situación de crisis, recortar nuestros derechos para después cuando todo pase, volver a la situación anterior. Habría que ser muy tonto para creerse semejante “blasfemia” contra la inteligencia por muchas razones. La primera es que cuando vivíamos en una orgia indecente de beneficios empresariales y nuestra economía era la más eficiente y competitiva del mundo mundial existían en España ¡dos millones de parados! y seres humanos, ciudadanos de esta Comunidad Autónoma tan competitiva o más que el resto, salían por las noches a recoger los productos caducados que los grandes centros comerciales arrojaban a la basura para poder comer algo decente alguna que otra noche (digo decente pero no deja de ser comida podrida). Y dos, este dato es muy importante, cuando las empresas españolas tenían tasas de beneficios empresariales del ¡75 por ciento! sobre los beneficios anteriores, el poder adquisitivo de los que realmente levantamos este país (los trabajadores por si había alguna duda) bajó cuatro puntos (no pasaba nada los bancos nos daban crédito barato para poder adquirir productos de primer necesidad como que nuestro hijo diera clases de hípica o la necesidad de pasar unas preciosas vacaciones en la Islas Fiji pagadas en cómodos 12 plazos).
Con esto quiero deciros que vivimos en una gran mentira (podrida-otra vez- como diría mi hijo) y lo que pretenden es que compremos un producto ya caducado de “cuando las cosas vayan mejor” para endosarnos unas normas laborales en el presente inaceptables si lo que pretendemos es llevar una vida digna y con algún que otro derecho.
Ahora extrapolando todo lo dicho, y por las pequeñas referencias que os he dejado entrever en este artículo ¿A qué os suena a todos de algo lo que pretenden este súper catedrático en relación con nuestro convenio? A mi desde luego que sí y es que no hay como tener abogados enfrente que juegan en Champions League, por cierto ¿tanto miedo nos tenía la empresa como para ponernos estos Miura? Yo no sé si miedo u otra cosa, todo con el tiempo se sabrá estoy seguro de ello. 

mmc - cgt

Comunicado de CGT : “El Pacto del Euro : la nueva estrategia de la Unión Europea, al servicio de las Grandes Empresas y el Capital” (16.6.2011))

¿Qué es el Pacto del Euro o la nueva estrategia sobre la competitividad ?

La crisis de la deuda soberana en Europa, con tres países desahuciados y endeudados de por vida, Grecia, Irlanda y Portugal, y la amenaza y ataques especulativos sobre el Estado español, conllevo la creación del fondo de rescate europeo (dotado con 440.000 millones de euros) para comprar directamente deuda a los países afectados por la “especulación de los mercados”1 y, de esta manera, garantizar la devolución de lo prestado al sector financiero con sustanciales intereses.

El nuevo pacto del Euro, o pacto por la competitividad, establece con carácter estructural, es decir, de obligado cumplimiento para la UE-27, unas determinadas políticas económicas que significan un nuevo giro de tuerca sobre las condiciones de vida de la mayoría y directamente cientos de miles de personas son empobrecidas, precarizadas y ninguneadas.

En políticas salariales : los salarios deben vincularse a la productividad y dejar de estar referenciados al Índice de los Precios. Esto supone cambiar las reglas de la Negociación Colectiva, desvinculando los salarios del coste de la vida, a la vez que se limita el nivel de centralización de los convenios colectivos y se exige una flexibilidad interna, es decir, terminar con el poder contractual sindical en la fijación de las condiciones de trabajo sobre jornada (tiempo de trabajo), organización de trabajo (turnos, sistemas de retribución, etc.) y despidos.

En políticas laborales : Reformas Laborales que aborden la flexibilidad y la disponibilidad unilateral del contrato por parte del empresario.

En políticas de Pensiones y Jubilación : aumento de la edad de jubilación y reducción de la cuantía de la pensión.

En políticas Fiscales : Disminución de la deuda pública (por ley) endureciendo las penalizaciones para quien no cumpla.

Recapitalización de la Banca : bancarización de las Cajas de Ahorro.

Y la Comisión Europea intervendrá en los Presupuestos de cada estado miembro para vigilar que cumplen con las políticas acordadas.

El endurecimiento, el ajuste es tan duro que hasta uno de los “padres” de la UE, Jacques Delors, ex presidente de la Comisión Europea, ha declarado que el documento del Pacto del Euro, es…”el documento más reaccionario jamás producido por la Comisión”.

Ni tan siquiera aparece, aunque solo fuera en la retórica, una referencia a los más de 23 millones de parados y millones y millones de precarizados socialmente, desapareciendo la Agenda Social de la Comisión.

De esos 23 millones de parados y paradas, el 21,73%, es decir 5 millones de personas, se encuentran en el estado español, donde Gobierno, Sindicatos y Empresarios, cerraron las políticas contenidas en el Pacto del Euro a aplicar en el estado español, el 2 de febrero de 2011 en el denominado “Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones” y enterraron las políticas de movilización para revertir las salidas antisociales a la crisis :

Flexibilidad laboral, garantizada con la Reforma Laboral plasmada en la Ley 35/2010, en todo el recorrido del contrato, desde la entrada, la permanencia y la salida.

Pensiones, ajustadas a los criterios fijados por la UE : jubilarse mucho más tarde y disminución garantizada de la cuantía de la pensión.

Reordenación del sector financiero, con más de 30.000 millones de euros invertidos en el desmantelamiento de las Cajas (FROB) y su bancarización.

Ajustes de caballo para reducir el déficit y la deuda a los criterios fijados por la UE : disminución salarial a todas las personas que trabaja en las distintas AAPP, congelación de pensiones y otras medidas fiscales.

La negociación colectiva, por Decretazo del 11 de Junio de 2011, garantiza la disponibilidad unilateral de las condiciones de trabajo : salarios, jornada, sistemas de retribución, turnos, etc. y hace desaparecer la autonomía en la Negociación Colectiva, es decir, atenta directamente contra la Libertad Sindical y el conflicto (huelga) y, los salarios han disminuido por el mismo método, el decretazo, a la vez que la productividad ha aumentado. Se garantiza la tasa de ganancia del capitalismo.

Resulta paradójico que hoy sólo hay “solución” a la barbarie impuesta, con la MOVILIZACIÓN GENERAL europea, en principio y mundial después, y los sindicatos CES, se pasan la vida “concertando” con los distintos gobiernos de sus países sobre cómo ser más competitivos para recuperar la tasa de ganancia del capital, o de la “economía” (como dicen ellos) y, ante las políticas concretas y generales que sancionan y aplican los gobiernos (al unísono) de la UE, se trabaje en la desmovilización de la sociedad.

Nos cuentan cuentos y, nos “creemos” que salen las cuentas.

La CGT llama a la MOVILIZACIÓN Y A LA REBELION SOCIAL como único camino para construir una nueva sociedad basada en la libertad y la justicia social.

Secretariado Permanente del Comité Confederal de la CGT

jueves, 16 de junio de 2011

LA DIRECCION DE LA EMS VUELVE A SUBCONTRATAR EL SERVICIO SANITARIO DE PISCINAS


Un año más, la dirección de la EMS ha vuelto a subcontratar el servicio sanitario de piscinas a una empresa privada por la cantidad de 59.948* euros sobre 60.000* como tope máximo de gasto, con un ahorro de 52 euros, no entendiendo muy bien desde esta sección sindical las razones de dicha subcontratación ya que esta solo actúa de intermediario gestionándoles sus pagas y realizando la contratación, desentendiéndose del control de estos trabajadores, que recae en el personal de la EMS, de su uniformidad la cual incumple todo lo referente a un servicio sanitario y es comprada por la EMS, y de la compra del material necesario para un servicio eficiente, que ahora es realizado por el propio Ayuntamiento. Además a esto hay que añadir que la subcontratación supone para las arcas de la empresa un gasto superior si este servicio fuera gestionado directamente por personal propio como se venía haciendo hace varios años atrás. Resumiendo, nos cuesta más dinero, los trabajadores carecen de derechos y encima la empresa debe de fiscalizar los pagos a la Seguridad Social, los contratos del personal y las titulaciones exigidas para la prestación del servicio. En cuanto a los derechos de estos trabajadores, como hacíamos referencia antes, dejan mucho que desear ya que el trabajador que reclame sus justos derechos elementales ante la empresa adjudicataria al año que viene no vuelve a trabajar como ha sucedido con los dos compañeros del Polideportivo Embarcaciones que incluso uno de ellos ha solicitado trabajo en la EMS como taquillera de piscinas, amen claro de la alta rotatividad de todo el personal. Sobre esto, a esta sección sindical le gustaría tener acceso a la copias de la contratación del personal, que la EMS debe de tener una copia, que presta sus servicios en las piscinas municipales ya que en el apartado 2.4 de las condiciones del servicio llamado OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR DEL SERVICIO en su apartado “g” dice (que la empresa subcontratista) “no subcontratará este servicio salvo consentimiento expreso de la EMS*” queriendo también saber si este “consentimiento” ha sido dado a la empresa subcontratada o no.

La relación en todo este proceso, el comité de empresa, habrá participado en todo lo referente a la subcontratación del servicio sanitario de piscinas y habrá recibido la correspondiente información así como por parte de la empresa haber realizado la correspondiente consulta como puede ser;

Información sobre:

. Nombre y razón social, domicilio y número de identificación fiscal de la empresa contratista o subcontratista.

. Objeto y duración de la contrata.

. Lugar de ejecución de la contrata.

. En su caso número de trabajadores que serán ocupados por la contrata o subcontrata en el centro de trabajo de la empresa principal.

. Medidas previstas para la coordinación de actividades desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales.

Según el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores (deberá de existir) “el intercambio de opiniones y la apertura de un dialogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una cuestión determinada, incluyendo en su caso, la emisión de un informe previo por parte del mismo”

Por lo tanto desde esta sección sindical de la CGT nos gustaría saber también si este informe se ha emitido por parte de nuestra representación y que postura (nos imaginamos negativa ya que así lo ha expresado nuestro comité repetidas veces) ha tomado para oponerse a subcontratar el servicio sanitario de piscinas.

Todo lo que necesiten por nuestra parte los representantes del comité sobre este tema, nos tendrán a su lado para lo que nos necesiten. 

*Todos los datos aquí reflejados han sido sacados de la página web de la EMS y por lo tanto son públicas.

CGT 

COMUNICADO DE LA FEDERECION ESTATAL DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA - CGT

El Tribunal Constitucional avala la rebaja de salarios de los empleados públicos

La FETAP-CGT rechaza de plano la motivación de la sentencia dictada por el TC


Este aval por parte del T. Constitucional, que ya se veía venir, supone la convalidación juridica de una agresión sin precedentes al conjunto de las y los empleados públicos. Recordemos que el TC es una copia del reparto del poder en el Congreso de los Diputados, ya que tienen la capacidcad de nombrar a sus miembros con las mismas cuotas de poder que mantienen en dicha cámara.

Ya en la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado del 2011 se consuma de nuevo la rebaja de los salarios de los Empleados Públicos que también se había realizado en el 2010. De esta rebaja de salarios se desprende que somos nosotros los responsables de la crisis ya que para el 2011 se mantiene la rebaja salarial en la nómina mensual y las pagas extraordinarias.

Tras las pasadas elecciones del 22 de mayo Ayuntamientos y Comunidades de todo pelaje están lanzando mensajes para despedir y rebajar derechos de los empleados públicos y volver a recortar nuestras retribuciones, y esta inadmisión por parte del TC, y sobre todo su argumentación, va a avalar estas nuevas rebajas.

Rechazamos de forma rotunda cualquier recorte, ya sea de derechos o salarios, a todos los empleados, ya sean de la función pública o privada. Este aval de sus jueces les va a permitir volver a hacer recaer en nosotros el coste de la crisis sin que se haya tomado en serio por parte de los distintos Gobiernos la contención del gasto público. Si se quiere reducir el déficit público que se aprieten el cinturón con la destitución de asesores y otros cargos de libre dispoción, que eliminen las administraciones paralelas creadas en los últimos años y que ocupen los desempleados los miles de puestos en consejos de administración de las empresas públicas donde se colocan a los amigotes.

Solo las medidas aquí propuestas suponen tanto dinero como el que dicen que se van a ahorrar con la rebaja de los salarios que acaba de avalar el Tribunal Constitucional.

martes, 14 de junio de 2011

COACCIÓN A LA SECCIÓN SINDICAL DE LA CGT – EMS




Esto días estamos asistiendo a la aparición de escritos insultantes e intimidatorios en la documentación que esta sección sindical pone a disposición de los trabajadores en los tablones de anuncios correspondientes para la información de todos ellos en el polideportivo Laura Oter. 

Dichos escritos coacciona tanto a los militantes de esta organización como a los compañeros que se acercan a recibir información de esta sección sindical de cómo formar parte de nuestras filas incumpliendo lo dictado en la Ley Orgánica de Libertad Sindical la cual nos da derecho a poder informar y ser informados todos los trabajadores por cualquier central sindical sin impedimento alguno, ya que es constitutivo de delito, incumpliendo el artículo 2 párrafo “d” que habla sobre “El derecho a la actividad sindical” y el su capítulo V “De la tutela de la libertad sindical y represión de las conductas antisindicales” que protege a estas de esos posicionamiento antidemocráticos reflejado en su artículo 13 “Cualquier trabajador o sindicato que considere lesionados los derechos de libertad sindical, por actuación del empleador, asociación patronal, Administraciones Públicas o cualquier otra persona, entidad o corporación pública o privada, podrá recabar la tutela del derecho ante la jurisdicción competente a través del proceso de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona” o en el artículo 15 “Si el órgano judicial entendiese probada la violación del derecho de libertad sindical, decretará el cese inmediato del comportamiento antisindical, así como la reparación consiguiente de sus consecuencias ilícitas, remitiendo al Ministerio Fiscal a efectos de depuración de eventuales conductas delictivas” 

Es tarea de todos terminar con estas actitudes mafiosas de algunos compañeros y de la representación que se dan ellos mismos decidiendo que es de lo que se puede informar y de lo que no, y claro está las responsabilidad que tienen otros muchos de permitir que en su instalación, en este caso el Laura Oter, se cometan semejante tropelías mirando para otro lado cuando la responsabilidad de la vigilancia de dicha instalación recae en los oficiales de conservación (este tablón se encuentra en el control de la instalación, donde se alquilan las pistas y donde está la caja del cambio, y solo puede ser abierto por él oficial correspondiente). 

De momento todo lo necesario se ha puesto en manos del servicio jurídico de la CGT a la espera del informe correspondiente y una vez con estos datos desde esta sección sindical soberanamente decidiremos qué hacer con la misma.

Arriba de esta información os dejamos la fotografía para que podéis ver a que niveles estamos llegando y la desvergüenza de muchos. También os invitamos a que os paséis por la instalación y lo veáis in situ.

CGT - EMS

sábado, 11 de junio de 2011

PROMOCIONES INTERNAS

CONVOCATORIA PROMOCIÓN INTERNA

Tres Cantos, 10-06-2011

NOTA INTERNA .- CONVOCATORIA PARA CUBRIR PUESTOS DE TRABAJO
MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA.

Según acuerdo de la Comisión Paritaria de fecha 1 de Junio del
2011, la Empresa Municipal de Servicios de Tres Cantos anuncia
convocatoria para cubrir los puestos de trabajo que seguidamente
se detallan:

A.- Seis plazas de Auxiliar de Conservación, para fines de
semana y festivos, fijo discontinuo, tres con horario de
mañana y tres de tarde; todas con 13,5 horas de jornada. Para
cuya cobertura se exigen las siguientes condiciones:

CONDICIONES DE CARÁCTER OBLIGATORIO:

· Ser fijo o fijo discontinuo en la Empresa. Si no se cubriera la plaza, ser
eventual con al menos 3 meses de prestación de servicio en puesto similar
durante el último año.

· Permiso de conducir clase B, en vigor.

B.- Una plaza de limpiadora fija discontinua con jornada de 4,5
horas, en horario de tarde de Lunes a Viernes.

CONDICIONES DE CARÁCTER OBLIGATORIO:

· Ser fija en la Empresa.
· Tener conocimientos teóricos y prácticos en las tareas propias del Servicio
de Limpieza.

C.- Una plaza de limpiadora fija discontinua con jornada de 4
horas, en horario de tarde de Lunes a Viernes.

CONDICIONES DE CARÁCTER OBLIGATORIO:

· Ser fija en la Empresa.
· Tener conocimientos teóricos y prácticos en las tareas propias del Servicio
de Limpieza.

OTROS DATOS.

Todos los aspirantes a cubrir cualquiera de estas plazas deberán acompañar a su
documentación una copia de su Vida Laboral Actualizada y certificados de
empresas externas para acreditar la experiencia, si fuese el caso; así como copia
de las acreditaciones de los cursos que deseen les sean puntuados
REFERENTE A LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

· Desde el día 11 de Junio al 26 de Junio se entregaran en el Departamento
de Personal, la solicitud con fotocopias de toda aquella documentación que
el interesado desea aportar para la evaluación de la misma.

· Todas las plazas se cubrirán con el orden preferente habitual como marca el
baremo:

1. Ampliación de Jornada, en las plazas de Auxiliares de Conservación; podrán
optar Auxiliares y Oficiales de Conservación.
2. Trabajadores Fijos o fijos discontinuos.
3. Trabajadores eventuales.

· El baremo para la adjudicación de la plaza, es el aprobado en la Comisión
Paritaria de fecha 23 de Febrero de 2011, con las modificaciones posteriores
a dicha fecha y que se anexan al presente documento.

· La Comisión Paritaria se reserva el derecho a la realización de una prueba
teórico-práctica si lo considera oportuno.

· Todas las plazas que vayan quedando vacantes se ofrecerán a las
trabajadores fijos y después los eventuales que se hayan presentado a las
diferentes promociones internas.

La Comisión Paritaria es soberana en la resolución de las posibles interpretaciones
o reclamaciones que se pudieran producir el proceso de selección.

viernes, 10 de junio de 2011

CGT en el Juicio contra la Prórroga de la Central Nuclear de Garoña


El Juicio se desarrolló en dos bloques, el primero que tenía como demandantes a la empresa Nuclenor (Iberdrola y Endesa), la Junta de Castilla y León, el Comité de Empresa de la Central, los Sindicatos USO y UGT, y la Asociación de Municipios Afectados por Centrales quienes pretenden una nueva prorroga hasta 2019 prorrogable a su vez hasta 2029, basada en el informe del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) un organismo público pero de marcada orientación pronuclear. El segundo bloque las entidades que pretenden su cierre inmediato, Greenpeace, Ecologistas en Acción y la Confederación General del Trabajo (CGT), por haberse cumplido los 40 años de actividad de la planta, plazo de vida que se contempló en el diseño para su funcionamiento en condiciones de seguridad.

La promotora Nuclenor pedía a su vez que en caso de procederse al cierre en el 2013 como establece la resolución gubernativa, ser indemnizada con más de 900 millones de euros por el daños y lucro cesante fundado en un informe pericial firmado por quien hoy es el actual Secretario de Estado de Energías, Fabricio Hernández.

Todos los que apostaban por la prorroga indefinida de la Central, incluida la Comunidad Autónoma de CyL y los sindicatos USO y UGT, se sumaron sorprendentemente a la pretensión de indemnizar con fondo públicos a una empresa privada que ha amortizado sobradamente todos sus activos, recibido cuantiosas subvenciones y que desde su privatización ha obtenido cuantiosos beneficios.

Desde la CGT se defendió el cierre en base a las cuestiones que fueron planteadas en la vista :

- La antigüedad de la Central la convierte en insegura.

- La Central se encuentra ya sobradamente amortizada.

- El cese de explotación no tendría repercusión sobre la garantía del suministro eléctrico a la ciudadanía.

- La central se ubica en un emplazamiento extremadamente frágil.

- La nueva prórroga colisiona con los objetivos planteados por la Ley 2/2011 de economía sostenible de alcanzar el 20% de energías renovables para 2020.

- La tramitación de la autorización se ha realizado sin la necesaria Evaluación de Impacto Ambiental.

- Las condiciones de seguridad se han visto reducidas en el segundo informe complementario, respecto al informe preceptivo del CSN.

A su vez, la central ya incumple 3 de las condiciones de seguridad impuestas por el CSN inicialmente y que finalmente han sido impuestas pero de una manera condicionada.

Los desgraciados y recientes acontecimientos en la central de Fukushima, nos han recordado que la energía nuclear no es tan segura, entre otras cosas por que sus sistemas de control y seguridad tanto públicos como privados no han resultado tan eficientes como nos vendía continuamente el lobby nuclear.

A los potenciales riesgos de esta fuente de energía, se une el enorme coste para el conjunto de la ciudadanía. Por poner sólo un ejemplo, el actual seguro de responsabilidad de las Centrales Nucleares española se ha incrementado recientemente de 700 millones a 1200 millones de euros. A lo que se unen los costes fundamentalmente públicos de la gestión de los residuos nucleares. Estos enormes costes sociales y ambientales y el peligro que a corto y largo plazo entraña para la humanidad, exigen el abandono definitivo de la energía nuclear.

jueves, 9 de junio de 2011

CONVOCATORIA DE PLENARIA ORDINARIA DEL STAP-CGT

A TODOS LOS AFILIADOS DE CGT - EMS

A estos plenarios estais invitados a participar todos los afiliados a STAP - CGT con voz y voto

Madrid, 8 de Junio de 2011


CONVOCATORIA DE PLENARIA ORDINARIA

Se convoca Plenaria ordinaria del STAP para el día 24 de Junio a las 10.30 horas en primera convocatoria y a las 11 horas en segunda, en los locales de la C/ Alenza, 13 de Madrid, con el siguiente orden del día:

1. Lectura y aprobación del acta de la Plenaria anterior.

2. Informe semestral del SP del STAP

• En los próximos días se enviará el informe.

3. Orden del día Plenaria FETAP

I. Aprobación del Acta de la Plenaria de abril, si procede.
II. Pleno Federal. La propuesta que se hace desde este SP es la siguiente:
• Fecha: Días 25, 26 y 27 de noviembre.
• Lugar: Abierto a cualquier propuesta. Aprovechamos la ocasión para animaros a que las hagáis.
• Orden del Día:
1. Constitución de la Mesa de Pleno.
2. Aprobación de cuentas.
3. Acción Sindical. Debemos plantearnos, con datos en la ma-no, cuál es nuestra idea común, y por sectores, de acción sindical y de expansión.
4. Liberaciones. Ante las dudas surgidas en algunos entes, creemos necesario dejar claro, de una vez por todas, los parámetros para solicitar las liberaciones, informar de su acti-vidad, y plasmarlos en un documento que no deje ya lugar a ninguna duda.
5. Gastos FETAP. Al igual que en el punto anterior, debemos aclarar y redactar un documento que nos indique cuáles son los gastos que se pueden requerir, y cómo solicitarlos, de los entes integrantes en la FETAP.
III. Coordinación de sectores, mapa sindical y valoración de elecciones. Se infor-mará de las diferentes reuniones en varios sectores de la Federación, ya en cur-so o que se tengan previstas.
IV. Liberaciones. Revisión de informes de actividades de los/as liberados/as. Infor-mación sobre reducciones de liberaciones solicitadas. Aclaración temporal (en espera de los acuerdos de Pleno) de dudas sobre las actividades de los/as libe-rados/as y los contenidos de los informes.
V. Solicitudes de gastos de entes. Desde la anterior Plenaria han surgido algunas solicitudes, que si se confirman serán enviadas inmediatamente.

4. Querella CIEMAT
• En los próximos días se enviará nota aclaratoria sobre este punto.

5. Varios.

CURSOS PARA AFILIADOS A LA CGT

Estimados compañeros.

Con el fin de programar los siguientes cursos de prevención de riesgos laborales a lo largo de lo que queda de este año 2011, os ruego que contestéis, los posibles interesados, a las siguientes dos preguntas:

¿A qué cursos estariáis interesados en asistir?
¿Cuál de los horarios propuestos os vendría mejor?

Los cursos se impartirían en la sede de la C/ Alenza, en Madrid, o en lugar próximo.

La relación de posibles cursos, con su duración estimada y un contenido orientativo muy resumido, es la siguiente:

1.- Actuaciones de denuncia ante diversos organismos en el ámbito de la prevención de riesgos laborales (6 a 8 horas).

Peticiones de asesoramiento al IRSST e INSHT, denuncias ante el IRSST, ITSS, Autoridad Sanitaria, INSS, etc.

2.- Actuaciones a seguir en caso de accidente de trabajo (4 a 5 horas).

Se refiere más a cómo actuar en el instante en qué sucede el accidente, a quién y cómo hay que avisar, qué documentación debe recibir el trabajador accidentado, quién, cómo y cuándo debe realizar una investigación del accidente, etc. El tema de la denuncia ante ITSS se trataría de pasada.

3.- Actuaciones básicas en materia de prevención de riesgos laborales (6 a 8 horas).

Enfocado a nuevos delegados de prevención o a delegados sindicales o miembros de Comités de Empresa o de Juntas de Personal. Se trataría de exponer los conceptos básicos recogidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, pero sin centrarse en lo que se puede leer en los mismos y es fácilmente comprensible.

4.- Introducción a la evaluación de riesgos ergonómicos (4 a 5 horas).

Introducción a los principales métodos de evaluación de riesgos ergonómicos (manipulación manual de cargas, puestos de trabajo con ordenadores, tareas que exigen movimientos repetitivos o adopción de posturas forzadas, etc.).

5.- Prevención del riesgo eléctrico en Baja Tensión: curso básico (3 a 4 horas).

Dirigido a todo tipo de trabajadores que tienen que manipular ocasionalmente equipos eléctricos. Se hablaría de los riesgos de la electricidad y de las principales medidas preventivas recogidas en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

6.- Prevención del riesgo eléctrico en Baja Tensión: curso avanzado (8 a 12 horas, que se impartirían en dos días próximos o consecutivos).

Dirigido a trabajadores que manipulan habitualmente instalaciones eléctricas de Baja Tensión. El curso incluiría los contenidos del curso básico y además se profundizaría en lo establecido en el RD 614/2001 de prevención del riesgo eléctrico.

7.- Prevención del riesgo eléctrico en Baja y Alta Tensión: curso avanzado (12 a 18 horas, que se impartirían en tres días próximos o consecutivos).

Dirigido a trabajadores que manipulan habitualmente instalaciones eléctricas de Baja Tensión e instalaciones de Alta Tensión. El curso incluirá los contenidos del curso avanzado para Baja Tensión y un análisis detenido de las instalaciones de Alta Tensión y los riesgos que pueden suponer su operación.


Los cursos de una duración prevista hasta 5 horas se podrían impartir en horario de mañana (entre 9 h y 14 h) o de tarde (entre 15 h 30 min y 20 h 30 min).

Los cursos de duración prevista superior a 5 horas (ya sea el curso o cada una de sus sesiones) se impartirían en horario de mañana y tarde (entre 10 h y 14 h , comida, y continuación desde las 15 h 30 min hasta las 18 h 30 min).

Los días concretos para su impartición se fijarían más adelante.

Por favor, responded a la siguiente dirección de correo electrócnico: saludlaboral.stap.cgt@hotmail.es.


Saludos,

Julio San Millán
Secretario de Salud Laboral del STAP

miércoles, 8 de junio de 2011

UN CAMBIO NECESARIO

Como ya hicimos referencia en la anterior huelga general de septiembre, (analizando el fracaso de dicha movilización en la EMS, llegando a la conclusión de que deberíamos de abrir un periodo de reflexión todas las secciones sindicales) nos planteamos integrarnos en estructuras sindicales más grandes después de una discusión amplia con nuestra militancia. Pues bien, ese momento ha llegado y ya formamos parte de una estructura sindical más amplia y con una gran bagaje en la defensa de los derechos de los trabajadores, y no es otra que la CGT, en la que hemos volcado todas nuestras ilusiones y nuestras ganas de hacer las cosas con muchos más apoyos a nivel confederal que anteriormente, sintiéndonos más cómodos y más arropados por los compañeros que conforman este sindicato ya que la mayoría nos sentimos ideológicamente más identificados con esta forma de hacer sindicalismo.

También era necesario dar a nuestra afiliación una mayor cobertura para sus posibles dudas de carácter legal y construir una sección sindical más fuerte de la mano de la CGT y de su larga experiencia en las diferentes luchas iniciadas por todo el estado apoyando siempre a la clase más desfavorecida, que somos la clase obrera. Esta es nuestra ejecutiva de la sección sindical:

A.H.C. Secretario General de la Sección
M.M.C. Delegado de la Sección y Secretario de Acción Sindical
J.M.V.A Secretario de Organización
Aquí estaremos para lo que necesitéis.

Para tod@s
Salud y rebeldía

Secretariado de Organización de CGT -EMS

REFORMA DE LA NEGOCIACION COLECTIVA: ¿RUPTURA O PACTO PARA QUE LEGISLE EL GOBIERNO?




Hace unos días, los medios de comunicación nos han mostrado la “ruptura” entre la patronal y los sindicatos del régimen (UGT-CCOO) en la mesa para la reforma de la negociación colectiva cuando, según las partes, se encontraban a 15 minutos de llegar a un acuerdo. El gobierno se ha apresurado a decir que está a 15 minutos de cambiar una ley, que sin duda será otro gran retroceso en los derechos de los trabajadores y trabajadoras de este país.


La escenificación de la ruptura, en una clara apuesta mediática, culpándose mutuamente las partes de ser las responsables y de falta de valentía, hacen pensar que la misma puede ser fruto del propio acuerdo, dejando al gobierno un pacto, claramente regresivo, que las partes no quieren firmar para no asumir el coste social, dejando que todo caiga sobre el propio gobierno.

Sea cierta la ruptura o una puesta en escena para no sufrir desgaste, lo cierto es que la reforma de la negociación colectiva ESCONDE grandes retrocesos :

El mensaje de la patronal está claro : Si queréis que no haya despidos y que haya contrataciones, tenéis que aceptar ganar menos y trabajar más. Para ello pretenden sacar adelante en la nueva ley de negociación colectiva lo siguiente :

• Ultraactividad : Quitarla, significa que cuando venza un convenio no hay convenio mientras no se acuerde otro, por lo que hay que negociar nuevas tablas salariales, derechos sociales y condiciones de trabajo. En la actualidad el convenio se mantiene hasta la firma de uno nuevo.

• Flexibilidad interna : Facilidad total para los cambios de categorías y los traslados, sin justificar ni compensar de ninguna manera.

• Descuelgue salarial : Posibilidad de bajar los sueldos cuando se suponga que la empresa vaya mal.

• Absentismo laboral : Capacitar a las mutuas para dar de alta en las enfermedades comunes y accidentes profesionales, así como la facilidad para despedir por estas causas.

martes, 7 de junio de 2011

NOTA INFORMATIVA DE LA EMS

Tres Cantos, a 3 de Junio de 2011

NOTA INFORMATIVA PARA EMPLEADOS FIJOS-DISCONTINUOS

En relación con la entrega de los Certificados de Empresa para el cobro del Paro, para los
empleados que finalizan su contrato de trabajo el próximo 30 de Junio, les informamos de lo
siguiente:
1º/ Que desde el 1 de Enero de 2011 tenemos obligación de enviar telemáticamente los
Certificados de Empresa, por lo que no se facilitará ningún certificado en papel, ni tienen que
recogerlo en las oficinas de la Empresa.
2º/ Que a partir del próximo 8 de julio, los empleados podrán acercarse directamente a las oficinas
del Servicio de Empleo que les corresponda, para proceder a la tramitación del cobro de
prestación por desempleo.
3º/ Que en ningún caso será puesto a su disposición el Certificado de Empresa fuera del plazo
legal de 10 días a contar desde el día posterior a la baja (como queda dispuesto en el R.D.
625/1985 de 2 de abril, de desarrollo de la Ley 31/1984 de protección por desempleo).
Lo que comunicamos a todos los empleados con contrato Fijo-Discontinuo

NOTA INFORMATIVA DE LA EMS

NOTA INFORMATIVA

En relación con el abono de las Pagas Extraordinarias del mes de Junio de los
empleados que finalizan su contrato de trabajo durante dicho mes, les
informamos de lo siguiente:
1º/ Que el pago de las mismas se procederá a realizar junto el pago de la
Nómina y el Finiquito, a final del presente mes.
2º/ Que de esta circunstancia ha sido informado el Comité de Empresa.
Lo que comunicamos a todos los empleados.
Dpto. de Personal

8 de Junio : Movilizaciones por una banca pública al servicio de la Ciudadanía

8 de Junio : Movilizaciones por una banca pública al servicio de la Ciudadanía

El próximo 8 de junio, CGT se moviliza ante el Banco de España en Madrid denunciando el expolio que sufren las cajas de ahorros, impulsado por los partidos mayoritarios, la banca privada y con la complicidad de los sindicatos imperantes en nuestro sector : ccoo/ugt/csica/cic.

Tambien hay convocadas concentraciones en todas las capitales de provincia, delante de sedes de bancos miembros de la patronal bancaria AEB. A las 12,00 horas.



CGT denuncia la destrucción de 40 mil puestos de trabajo : cajas, obra social, participadas, subcontratas.

CGT denuncia que la conversión forzada de las cajas en bancos privados, eliminará su Obra Social : entre 2005 y 2009 destinaron 8531 millones de euros.

CGT denuncia que se van a emplear hasta 90 mil millones de euros de dinero público para reestructurar el sector de las cajas, con la única finalidad de traspasar su negocio a la banca privada. En un escenario de gravísimos recortes sociales, la generosidad ilimitada de la clase política resulta escandalosa.

CGT denuncia que ante la debilidad/complicidad de los gobiernos de turno, la bancocracia imperante responde encareciendo servicios y cerrando el grifo del crédito. De esta manera se ahoga la economía productiva, con el consiguiente cierre de miles de pequeñas y medianas empresas, el aumento espectacular del paro y el empobrecimiento general de la población.

ES NECESARIO ACABAR CON EL MONOPOLIO ACTUAL DE LA BANCA PRIVADA CGT, en la línea de la defensa de los servicios públicos, reivindica la creación de una banca pública de calidad, al servicio de los derechos de los y las trabajadoras y de la ciudadanía, sin ánimo de lucro, con un funcionamiento ético, bien gestionada y controlada democráticamente. Es un paso imprescindible para una salida social a la crisis, pero también lo es para conseguir una sociedad futura más justa e igualitaria.

CONTRA EL ABUSO GENERALIZADO, PARTICIPA CON CGT

lunes, 6 de junio de 2011

El TUE avala que una trabajadora del Servicio Vasco de Salud reclame trienios de su contrato temporal

El TUE avala que una trabajadora del Servicio Vasco de Salud reclame trienios de su contrato temporal

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló hoy la tesis de una trabajadora del Servicio Vasco de Salud que reclamó los trienios que, en su opinión, le correspondían por el tiempo que trabajó como personal temporal en la entidad antes de tener un contrato fijo.


El Juzgado de lo social número 1 de San Sebastián expresó sus dudas sobre la interpretación del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada y el Tribunal de la UE se pronuncia hoy al respecto recordando que el citado Acuerdo tiene por objeto "aplicar el principio de no discriminación a los trabajadores con un contrato de duración determinada", para impedir que una relación laboral de esta naturaleza sea utilizada por un empleador para privar a dichos trabajadores de derechos reconocidos a los trabajadores con contrato de duración indefinida.

Así, señala que la excepción relativa a las "remuneraciones" establecida en el Tratado de la UE se debe al hecho de que fijar el nivel de los sueldos entra dentro del ámbito de los interlocutores sociales a nivel nacional y es competencia de los Estados miembros, por lo que el Derecho comunitario actual excluye la fijación de los niveles salariales. "No obstante, dicha excepción no puede extenderse a cualquier cuestión que tenga algún tipo de vínculo con la remuneración", matiza el Tribunal.

"De ahí que dicha reserva no pueda impedir a un trabajador con un contrato de duración determinada solicitar, con arreglo al principio de no discriminación, una condición de trabajo reservada únicamente a los trabajadores con contrato de duración indefinida, aunque la aplicación de dicho principio implique el pago de un diferencial de remuneración", sostiene la sentencia dada a conocer hoy.

Por lo tanto, el Tribunal de Justicia considera que el Acuerdo marco puede servir de fundamento a una pretensión dirigida a asignar a un trabajador con un contrato de duración determinada una prima de antigüedad reservada por el Derecho nacional únicamente a los trabajadores fijos.

Por otra parte, el Tribunal no cree que la diferencia de trato existente entre los trabajadores con contrato de duración determinada y los fijos, en cuanto al complemento económico por antigüedad prevista en una ley o en un acuerdo entre los sindicatos y la Administración, permita justificar un trato diferente a los trabajadores.

Europa Press

Sentencia a favor de CGT, por la que una empresa deberá aplicar el plus de antigüedad a sus trabajadores con independencia de la fijeza del contrato

Sentencia a favor de CGT, por la que una empresa deberá aplicar el plus de antigüedad a sus trabajadores con independencia de la fijeza del contrato

Un Juzgado de Algeciras ha dado la razón a la central sindical CGT en una sentencia por la que una empresa de transportes de la localidad deberá aplicar el plus de antigüedad a sus trabajadores con independencia de la fijeza del contrato.



La asesoría jurídica del sindicato CGT en el Campo de Gibraltar ha obtenido una sentencia contra la mercantil Grúas Lozano Algeciras SL, en relación al plus de antigüedad en la empresa. El sindicato criticaba que, según se dispone en el convenio colectivo de las empresas dedicadas al servicio discrecional de mercancías y otros modos de transporte por carretera de largo recorrido, al que pertenece la empresa en cuestión, "el tiempo de ingreso en la empresa no es por sí sólo un elemento objetivo, razonable y proporcionado de diferenciación de la retribución del trabajo en convenio colectivo".

Para el sindicato CGT esta parte del artículo "es contrario al principio de igualdad que se recoge en la Constitución española, no debiendo aplicarse". Es por ello por lo que consideran que la empresa está obligada a abonar el concepto de antigüedad a todos los trabajadores por igual, independientemente del momento en el que el trabajador se hiciera fijo en la empresa. Recuerda que en el artículo 21 de este convenio se dispone que "los trabajadores que a partir de la firma de este convenio se contraten como fijos de plantilla no devengarán porcentajes en concepto de antigüedad".

Un articulado que incide en la "desigualdad retributiva que existe entre los trabajadores fijos, de los que en el momento de la firma del convenio no lo son y que viene siendo recogida en los convenios firmados en años anteriores". Afirma esta central sindical que la mayor parte de los trabajadores a los que es de aplicación este convenio en la provincia de Cádiz no cobran el complemento de antigüedad.Por todo ello valoraron "como muy importante el alcance de esta sentencia ya que afectaría a un importante número de trabajadores y trabajadoras a los que sus correspondientes convenios les recortan sus derechos económicos".

No obstante, sí quisieron recalcar finalmente que en la negociación de los convenios colectivos "los sindicatos deben extremar el cuidado para que los derechos de los trabajadores y trabajadoras estén asegurados desde la firma de los mismos, evitando con ello que derechos constitucionales deban ‘pelearse’ en los Juzgados", como ha ocurrido en este caso.

El TSJR califica como accidente laboral una depresión derivada de una agresión verbal

Los hechos se remontan a octubre de 2005, cuando esta limpiadora se dirigía a trabajar a la Universidad, en Logroño, sobre las cinco de la mañana

El TSJR califica como accidente laboral una depresión derivada de una agresión verbal

La Sala de lo Social del TSJR ha calificado como accidente laboral "in itinere" la depresión de una trabajadora, derivada de los insultos que le profirieron unos desconocidos cuando se dirigía a su puesto de trabajo.



La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha estimado el recurso que interpuso esta limpiadora a otro fallo del Juzgado de lo Social Uno de La Rioja, que no consideró accidente de trabajo esta enfermedad.

Los hechos se remontan a octubre de 2005, cuando esta limpiadora se dirigía a trabajar a la Universidad, en Logroño, sobre las cinco de la mañana.

La mujer fue abordada por dos individuos en plena calle, que le dijeron "frases soeces", lo que le causó un "fuerte impacto emocional" que le produjo un estado de estrés y nerviosismo, por el que le dieron la baja médica. Entre noviembre de 2005 y abril de 2006, la trabajadora estuvo de baja por "estrés postraumático". El fallo del Juzgado de lo Social argumentó que "la depresión diagnosticada a la mujer tenía un origen interno a las circunstancias personales de la mujer", más que al incidente, "que sacó de su estado latente una enfermedad preexistente".

El TSJR aclaró que la trabajadora no había sido tratada con anterioridad por trastornos de ansiedad o depresión, ni había ninguna circunstancia personal que pudiera desencadenar el estrés postraumático.

Además, admite que sea accidente de trabajo, ya que la "agresión verbal" de los dos desconocidos se produjo en el trayecto de la demandante desde su domicilio al centro laboral y la lesión se ocasionó "con ocasión" de este trabajo.
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El infarto en la oficina es accidente laboral

El infarto en la oficina es accidente laboral

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en fecha 27 de septiembre del 2007, dictó una sentencia por la que se declara como accidente de trabajo el infarto de miocardio sufrido durante la jornada de trabajo.


EL CASO : El señor H. falleció tras haber perdido el conocimiento durante su jornada de trabajo, según la autopsia a causa de un infarto, y su esposa presentó una demanda solicitando que se reconociera como accidente laboral. El juzgado de lo social inicialmente así lo hizo, pero el Tribunal Superior de Justicia revocó la sentencia. Ahora el Tribunal Supremo ha dado la razón a la esposa.

LA RESOLUCIÓN : La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en fecha 27 de septiembre del 2007, dictó una sentencia por la que se declara como accidente de trabajo el infarto de miocardio sufrido durante la jornada de trabajo.

La sentencia analiza el caso del señor H., empleado de una empresa logística, que mientras prestaba sus servicios, aparentemente por una causa fortuita que no resultó probada (un golpe con un elemento de la fábrica), sufrió un desvanecimiento y perdió el conocimiento. Tras ser atendido por los servicios médicos del centro de trabajo, fue trasladado por los servicios de urgencias a un centro hospitalario, donde ingresó prácticamente cadáver. Practicada la autopsia, la conclusión médica fue que la muerte había sido por causa natural como consecuencia de un infarto agudo de miocardio. El fallecido tenía antecedentes de obesidad e hipercolesterolemia aunque el mes inmediatamente anterior al desgraciado suceso había sido declarado apto para el trabajo en una revisión médica a la que se sometió.

Con posterioridad, la esposa del fallecido inició un procedimiento judicial para conseguir que se reconociera como accidente laboral la lesión cardíaca mortal sufrida por su esposo. El juzgado de lo social, inicialmente, declaró la existencia de accidente de trabajo. No obstante, la sentencia fue recurrida y el Tribunal Superior de Justicia, estimando el recurso, la revocó. Finalmente, el Tribunal Supremo ha dado la razón a la esposa.

El Tribunal Supremo, que ha reconocido el infarto de miocardio como accidente de trabajo en diversas resoluciones, fundamenta su razonamiento en la interpretación que realiza del contenido del artículo 115 de la ley General de la Seguridad Social. Este artículo establece que se presumirá, salvo prueba en contrario, que son accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y el lugar de trabajo.

El Tribunal Supremo interpreta que esta norma no sólo se refiere a los accidentes en sentido propio o estricto como lesiones o padecimientos sufridos por la acción repentina y violenta de un elemento exterior, sino también a los padecimientos o alteraciones de los procesos vitales que puedan surgir en el trabajo.

En consecuencia, el Tribunal estima que si se sufre un infarto de miocardio durante la realización del trabajo debe presumirse que es un accidente de trabajo y que esta presunción sólo puede destruirse si se prueba de manera suficiente la falta de relación entre el trabajo y la lesión sufrida.

En este sentido, el mismo Tribunal entiende que no es suficiente para destruir dicha presunción el hecho de que el trabajador padezca o sufra la enfermedad con anterioridad o el hecho de que haya tenido síntomas de esta antes de iniciar el trabajo ya que el propio trabajo puede ser un desencadenante de aquella.

El reconocimiento de una lesión como accidente de trabajo conlleva el derecho a una prestación económica superior a la que correspondería si se hubiera reconocido como de causa u origen común.

Toni Sendra

GARRIGUES ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS

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El Supremo considera accidente laboral ´in itínere´ una caída al salir de casa

EUROPA PRESS / MADRID El Tribunal Supremo ha calificado como accidente laboral "in itínere" la caída de una trabajadora de la limpieza en el portal de su casa cuando se dirigía su lugar de trabajo. Según la sentencia, hecha públicaayer, una vez que el trabajador desciende las escaleras del inmueble en el que se encuentra su vivienda "ya ha iniciado el trayecto que es necesario recorrer para ir al trabajo".


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Por todo ello el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Mutua Asepeyo que rechazó asumir las responsabilidades derivadas de la caída de Ana María Coello, trabajadora de la empresa Garnica S.A, y solicitaba que se declarara la contingencia de enfermedad común.

Resbalón

Ana María resbaló al descender las escaleras de su portal, que se encontraban mojadas, y se provocó una fractura de collex cerrada que generó su baja laboral durante varios meses.
Los magistrados de la Sala de lo Social destacan que el problema en este caso radica en "la extensión" que debe darse al concepto de domicilio. Indican que la vivienda puede estar constituída por una casa unifamiliar o por un apartamento en un bloque de pisos en el que existen "zonas comunes utilizables por todos los propietarios" para entrar o salir del piso.
La sentencia pone de manifiesto que en el caso de esta trabajadora "no existe duda alguna" de que realizaba el trayecto con la finalidad de ir al trabajo por lo que concluye que el accidente se produjo "in itínere".